Vivir en comunidad nunca ha sido fácil, como tampoco lo es vivir totalmente aislado. Todos conocemos los problemas y discusiones de las comunidades de vecinos, quizá demasiadas veces convertidas en mito. Y digo mito porque durante la pandemia no pocos vecinos que vivían en comunidad se preocuparon por otros vecinos, mayores, que no podían salir o que estaban solos y los cuidaron. Fueron un ejemplo de que, cuando hace falta, los vecinos están ahí, ayudándose.
Sin embargo, se da en las comunidades de vecinos la eterna discusión sobre el encendido y apagado de la calefacción cuando tienen un sistema de calefacción central.
Fundación Naturgy, como socios de EPIU Getafe, y en línea con el trabajo en edificios que se está desarrollando a través del proyecto, no queremos dejar de reflexionar sobre este tema. Básicamente, las dos preguntas clave que se hacen las comunidades de propietarios (CCPP) son:
¿Con quién contratar ahora y cuántas? y ¿cuáles son las horas en las que la calefacción ha de estar encendida?.
Desde la administración pública se quiere ayudar a sortear el invierno con unos precios de los combustibles para calefacción elevados. Cambiar la regulación o intervenir el mercado no es en absoluto sencillo pues lo que se toca por un lado se estropea por otro. Recientemente se limitó lo que podría subir la tarifa del gas para los consumidores domésticos a pesar de la subida de precios de los mercados internacionales. Pero se dejaron fuera las comunidades de vecinos que a ojos del mercado son grandes consumidores por el volumen de compra, lo que les permitía tener menor coste unitario de adquisición. Cuando el mercado se ha vuelto loco y el regulador no da con la clave de la protección o la ayuda -según se quiera ver- ni de la medida regulatoria adecuada, se van diseñado medidas y necesariamente hay que retocarlas una vez que se implantan.
En la última publicación de medidas para sortear la crisis energética, se ha publicado una tarifa regulada (TUR) para las comunidades de vecinos. Es pronto para saber el resultado que va a tener para los distintos agentes implicados y menos aún para los ciudadanos. Esta tarifa está destinada a las comunidades de vecinos con calderas comunitarias de gas natural, para reducir los elevados precios del mercado energético. Ha calculado el Gobierno que puede suponer hasta un ahorro en el recibo del 50%.
La TUR 4 es una nueva tarifa de gas natural de último recurso y, por tanto, regulada por el Gobierno. Lo que hace es establecer un precio para el gas natural que es un precio subvencionado e intervenido. Estamos hablando del mercado regulado de la energía y no del libre, por lo que quien se quiera adherir a esta tarifa, pasará del mercado libre al regulado: hay que cambiar los contratos actuales. Con esta publicación se extiende la posibilidad de acogerse a una tarifa regulada de gas natural a todos los consumidores, incluidas las comunidades de propietarios.
Se pueden acoger a ella las comunidades de propietarios o mancomunidades con un consumo anual superior a 50.000 kWh.
Debe solicitarla la persona que haga de presidente de la comunidad o, en su caso, un representante de ésta con certificado digital de la comunidad. También la puede solicitar la persona responsable de la empresa de servicios energéticos que preste servicios a la comunidad. En este último caso, es de desatacar que se deberá trasladar de manera íntegra el ahorro obtenido en el coste de adquisición del gas natural al precio unitario aplicado por el servicio prestado de calefacción y agua caliente sanitaria.
Las comunidades de vecinos deben solicitar esta nueva tarifa a una de las llamadas «comercializadora de último recurso», en su acrónimo CUR. Estas son las CUR operativas actualmente:
- Grupo Naturgy: Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A., 900 370 800.
- Grupo Endesa: Energía XXI Comercializadora de referencia, S.L., 800 760 333.
- Grupo Iberdrola: Curenergia Comercialización de Último Recurso, S.A.U., 900 200 708.
- Grupo Total/EDP: Baser Comercializadora de Referencia, S.A., 900 902 947.
Al ser una tarifa regulada, no en el mercado libre, se establece el orden sobre a quién se debe pedir. Aquí no hay libertad de elección.
Hay que hacer números por dos motivos. Uno, porque cambiarse a la CUR supone rescindir el contrato anterior que se pueda tener y puede ser que tenga cláusula de penalización por ello (si bien se ha limitado por ley esta penalización al 5% de la energía estimada que quede por consumir). Además, se perderán los otros servicios contratados en la mayoría de las veces. Por otro lado, se exige un descenso en el consumo si no se quiere ser fuertemente penalizado. Se promueve por la vía regulatoria la reducción del consumo, como medida más eficiente. Dice así: “la tarifa calculada […] únicamente se aplicará al consumo facturado que sea menor o igual a la media del mismo periodo de facturación durante los últimos cinco años o los años disponibles si su historial de consumo fuera menor. Al resto del consumo se le aplicará el término variable calculado conforme este apartado incrementado en un 25%”. Me pregunto qué pasará, si el invierno es muy frío, con las comunidades de propietarios que han hecho sus deberes de eficiencia energética en los años anteriores.
También hay que cumplir una serie de requisitos:
- Estar al corriente de pago de todas las obligaciones económicas con la actual comercializadora.
- Disponer antes del 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes. Si aún no disponen de ellos, debe presentarse un acuerdo de la junta de propietarios aprobando su instalación en dicho plazo.
- Aplicar al agua caliente sanitaria y la calefacción (esta última a partir del momento en que dispongan de dichos contadores individuales o repartidores de coste) un precio calculado en base a la TUR de Ahorro Vecinal.
- Tener realizada en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
.. demasiados requisitos y cálculos para decidir en poco tiempo.
Autora: Ester Sevilla García, directora de Proyectos Sociales e Internacional de Fundación Naturgy.